“Excelente atención. Clara y personalizada. Nos hicieron sentir cómodos y seguros con la decisión de cobertura para el condominio.”
Sergio B.
Administrador · Conjunto Las Siete Hermanas
Cliente verificado · 2018
Corredora inscrita en el Registro de Corredores de Seguros de la CMF N° 3575
Cumplimiento de la Ley 21.659 sobre Seguridad Privada, vigente desde el 28 de noviembre de 2025. Pólizas colectivas para empresas de vigilancia, administraciones de edificios y empresas de servicios subcontratadas. Comparamos las mejores aseguradoras del mercado y entregamos cotización formal en 24 horas hábiles.
Dos pasos. Primero los datos de la dotación; después, cómo contactarle.
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¿Prefiere hablar? +56 9 2643 0165 · Lunes a Jueves 09:00–14:00 y 15:00–18:00 · Viernes 09:00–15:00
Inscritos en el Registro de Corredores
Verifique en cmfchile.cl · N° 3575
Indique la cantidad de guardias o conserjes y obtenga la prima anual referencial. El resultado se traspasa al formulario para que solicite la cotización formal.
Cotización para la actividad de Guardias de seguridad sin porte de armas, supervisores de guardias, conserjes, otros. Cobertura base de UF 135 por trabajador, vigencia 12 meses. Cumple con la Ley 21.659 sobre Seguridad Privada.
Indique cuántos guardias, supervisores o conserjes desea asegurar.
Para grupos de hasta 5 trabajadores se aplica la prima mínima del mercado. Sobre 5, la prima se calcula proporcional al número informado.
UF 3,39
IVA incluido · 6 trabajadores
UF 0,57
IVA incluido · prima del grupo ÷ 6
Al continuar le solicitaremos los datos de su empresa para formalizar la cotización.
Alcance habitual del seguro de vida colectivo que cotizamos para personal de seguridad.
La innominada asegura un número de cupos en lugar de personas identificadas: evita rehacer la póliza cada vez que cambia la dotación. La nominada individualiza a cada trabajador. Elige usted.
Queda por sobre el mínimo de UF 132 que la normativa exige para guardias sin porte de arma y conserjes. Al emitirse en UF, el capital se reajusta con la inflación durante toda la vigencia.
Indemnización al beneficiario designado, conforme al capital asegurado y al condicionado de la compañía.
Compensación por incapacidad permanente del trabajador, según la escala que fije la póliza.
Una vez aceptada la propuesta y pagada la prima, la compañía emite la póliza y el certificado con el que usted acredita la contratación.
Cobertura por daños a terceros derivados de la actividad de seguridad. Se cotiza como póliza complementaria y su prima está afecta a IVA, a diferencia de la del seguro de vida, que es exenta.
Coberturas, límites, deducibles y exclusiones se rigen por las condiciones generales y particulares de cada póliza, y están sujetos a la evaluación de la compañía aseguradora. Este contenido no constituye oferta ni propuesta de seguro. Los montos indicados son referenciales, se expresan como valor mínimo (“desde”) y dependen de las características del riesgo y de la evaluación de la compañía aseguradora.
La Ley 21.659 sobre Seguridad Privada rige desde el 28 de noviembre de 2025 y traslada la fiscalización del sector a la Subsecretaría de Prevención del Delito. Esto es lo que significa en la operación diaria de una empresa.
La obligación recae en el empleador, no en el trabajador: quien contrata al personal de seguridad debe tomar el seguro de vida en su beneficio. Alcanza a vigilantes privados, guardias de seguridad y demás personal que cumpla funciones de vigilancia (artículo 29 de la Ley 21.659).
La ley no fija el monto en su articulado: lo remite al reglamento, que lo determina según el nivel de riesgo de la actividad. Para guardias de seguridad sin porte de arma y conserjes, el artículo 99 del reglamento exige una cifra asegurada no inferior a UF 132. La póliza que cotizamos se emite en UF 135 por trabajador, por sobre ese mínimo. Para vigilantes privados con porte de arma el capital exigido es de UF 250.
La contratación del seguro forma parte de lo que la empresa debe poder acreditar en la fiscalización del sector, hoy a cargo de la Subsecretaría de Prevención del Delito. Le entregamos el certificado de la compañía para ese fin.
El artículo 99 alcanza a porteros, nocheros, rondines "u otros de similar carácter": el conserje que controla el acceso, identifica visitas o restringe la circulación de personas queda comprendido, con independencia de cómo se denomine el cargo en el contrato. La administración del condominio o la empresa de servicios que lo emplea es la que queda en posición de empleador.
Comparamos cobertura y prima en las mejores compañías del mercado chileno que ofrecen pólizas colectivas para vigilancia privada y conserjería.
Diseñamos la nómina distinguiendo vigilantes privados, guardias de seguridad y conserjes, para evitar exposición por monto insuficiente.
Altas, bajas y endosos durante la vigencia: los tramitamos nosotros con la compañía.
La corredora se remunera con la comisión que le paga la compañía. La prima es la misma.
Experiencias de personas, empresas y comunidades que confían en Seguros Gaete.
“Excelente atención. Clara y personalizada. Nos hicieron sentir cómodos y seguros con la decisión de cobertura para el condominio.”
Sergio B.
Administrador · Conjunto Las Siete Hermanas
Cliente verificado · 2018
“En la renovación tuvimos que ajustarnos a la Ley 21.442. Gaete nos hizo gratis el catastro de seguros individuales del edificio y la asamblea pudo votar con datos a la vista, no a ciegas.”
Carolina V.
Administradora · Edificio en Las Condes
Caso representativo
“Reventó una cañería del piso de arriba y se nos inundó medio departamento. Gaete partió la denuncia altiro y coordinó al liquidador. El comité no tuvo que pelear nada con la aseguradora, todo cubierto.”
Pedro M.
Presidente del comité · Edificio Viña del Mar
Caso representativo
“Andábamos buscando cómo cumplir con la nueva ley de los conserjes (la 21.659). Gaete nos explicó en simple qué pedía y nos consiguió el seguro al mejor precio. Cumplimos sin gastar de más.”
Ana L.
Administradora · Condominio Concón
Caso representativo
“La gestión, tanto en la cotización como en la emisión del seguro, es muy buena. Servicio en general muy bueno.”
Francisca D.
Jefa Departamento Técnico · Constructora Terracam
Cliente verificado · 2018
“Profesionalismo, asesoría y buen trato. Recomendable.”
Luis V.
Gerente General · LVK Administración y Corretaje
Cliente verificado · 2020
“Los recomiendo: la atención es buena y rápida. El ejecutivo que nos gestionó todo, muy amable.”
Jaime P.
Representante legal · M&E Seguridad SpA
Cliente verificado · 2020
“Fueron directo al grano y cumplieron en tiempo récord. Mantienen el foco en lo que necesita el cliente.”
Waldo S.
Director · Estudios Genéticos Avanzados
Cliente verificado · 2020
“Se nos prendió fuego un sector de la bodega y pensamos que perdíamos la pega. Gaete mandó al perito el mismo día y nos defendió el monto del inventario frente a la aseguradora. Salió la plata en los plazos y no se nos murió la empresa.”
Rodrigo A.
Gerente · PYME industrial
Caso representativo
“Nos hackearon y la aseguradora pedía cosas técnicas que en TI ni cachaban dónde sacar. Gaete se metió, habló con nuestro equipo y con el liquidador, y el CyberRisk se activó al tiro.”
Constanza S.
Subgerenta de Operaciones · Empresa retail
Caso representativo
“Excelente servicio, rápido y oportuno. Gran trabajo. Totalmente recomendable.”
Ironshield
Gerente de Operaciones · M&V Seguridad Privada
Cliente verificado · 2020
Comentarios recopilados con autorización de los clientes mediante formulario interno y reseñas públicas. Algunos nombres han sido abreviados para resguardar datos personales (Leyes 19.628 y 21.719). Los casos representativos ilustran situaciones habituales de nuestros clientes y no corresponden a una persona o empresa identificada.
Cuatro pasos. La parte técnica la asumimos nosotros; usted decide informado.
Complete el formulario de esta página indicando la categoría y el número de trabajadores a asegurar.
Le entregamos un comparativo entre aseguradoras con cobertura, exclusiones y prima de cada una, distinguiendo por categoría.
Revisamos el condicionado cláusula por cláusula y la asignación de montos por categoría. Sin presión y sin costo.
Tramitamos los endosos por altas y bajas, las modificaciones y la renovación, y le representamos ante la aseguradora en caso de siniestro.
Fiscalizada por la Comisión para el Mercado Financiero
En la nominada cada trabajador asegurado está individualizado en la póliza con sus datos. En la innominada se aseguran cupos: cualquier trabajador que ocupe el cargo queda cubierto, sin necesidad de identificarlo previamente. La innominada es la que suele convenir cuando la dotación rota con frecuencia.
Con póliza innominada, en general no hay que hacer nada mientras no cambie el número de cupos asegurados. Con póliza nominada hay que informar las altas y bajas para que la compañía emita el endoso correspondiente; esa gestión la hacemos nosotros.
Para guardias de seguridad sin porte de arma y conserjes, el artículo 99 del reglamento exige una cifra asegurada no inferior a UF 132 por trabajador. La póliza que cotizamos se emite en UF 135, por sobre ese mínimo, y al estar expresada en UF se reajusta durante toda la vigencia. Para vigilantes privados con porte de arma el capital exigido es de UF 250: indíquenos la categoría en el formulario y le cotizamos el que corresponde.
Con el certificado de cobertura que emite la compañía aseguradora una vez contratada la póliza. Se lo entregamos junto con la póliza y las condiciones, listo para presentarlo en la fiscalización del sector.
Depende de la compañía y de la aceptación del riesgo. Nuestro compromiso es responderle con la cotización formal dentro de las siguientes 24 horas hábiles; la emisión se gestiona apenas usted acepta la propuesta y se paga la prima.
Sí. Para dotaciones pequeñas se aplica una prima mínima, de modo que el valor no baja de cierto piso aunque el número de trabajadores sea menor. La calculadora de esta página ya considera ese mínimo.
Son coberturas distintas y se contratan por separado: el seguro de vida protege al trabajador y a su familia; la Responsabilidad Civil responde por los daños que la actividad de seguridad cause a terceros. Muchos mandantes la exigen por contrato a sus proveedores, y en la práctica es el complemento natural del seguro de vida.
Dos pasos. Primero los datos de la dotación; después, cómo contactarle.
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¿Prefiere hablar? +56 9 2643 0165 · Lunes a Jueves 09:00–14:00 y 15:00–18:00 · Viernes 09:00–15:00